Inspección del edificio, acta firmada por técnico competente y presentación en el Ayuntamiento. Presupuesto cerrado y sin compromiso.
Nos encargamos de todo el proceso para que tu comunidad cumpla con la ordenanza sin tener que hacer ningún trámite:
Acta de ITE: redactamos el acta oficial con el resultado de la inspección, favorable o desfavorable.
Firma de técnico competente: arquitectos técnicos e ingenieros colegiados, con plena validez ante el Ayuntamiento.
Presentación en el Ayuntamiento: registramos el acta por vía telemática y te enviamos el justificante.
Revisión previa: si sospechas que el edificio tiene problemas, lo revisamos antes para que sepas a qué te enfrentas.
Visita al edificio: revisamos en persona fachadas, cubierta, estructura, zonas comunes e instalaciones.
Deficiencias bien documentadas: con fotos y una explicación clara de cada defecto y de su urgencia.
Mejoras de eficiencia energética: te indicamos qué actuaciones pueden reducir el consumo del edificio.
Apoyo después de la entrega: respondemos a los requerimientos del Ayuntamiento y te acompañamos si hay que subsanar algo.
Seguro de responsabilidad civil: todo nuestro trabajo está cubierto por un seguro profesional.
La ITE es una revisión obligatoria del estado de conservación de un edificio. La hace un técnico competente, que comprueba si cumple las condiciones de seguridad, salubridad y ornato que exige el Ayuntamiento, y el resultado se recoge en un acta oficial.
En Madrid capital la regula la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, de 2011. El resto de municipios tiene su propia ordenanza, y la Comunidad de Madrid regula además el Informe de Evaluación del Edificio:
QUIÉN TIENE QUE PASARLA
En Madrid capital, un edificio tiene que pasar su primera ITE el año siguiente a cumplir 30 años, y después repetirla cada diez años. Cada otoño el Ayuntamiento publica el padrón de edificios obligados para el año siguiente. Para 2026, el listado incluye unas 3.700 direcciones, que deben presentar el acta antes del 31 de diciembre.
Ten en cuenta que:
QUÉ SE REVISA
Cada municipio tiene su ordenanza, pero los puntos que se revisan son prácticamente los mismos en todos. El objetivo es comprobar que el edificio es seguro y está bien conservado.
Que no haya grietas, deformaciones ni daños que comprometan la estabilidad.
Sobre todo los elementos que pueden desprenderse, como cornisas, balcones, aplacados o elementos decorativos.
Estanqueidad y estado general, para evitar filtraciones y humedades.
Estado de las redes de agua y de las bajantes y desagües comunes.
ITE, IEE Y CERTIFICADO ENERGÉTICO
La ITE revisa el estado de conservación del edificio. El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) va más allá: además de la conservación, analiza la accesibilidad e incluye la certificación energética del edificio. La Comunidad de Madrid lo exige a los edificios de viviendas colectivas de más de 50 años.
En Madrid capital, si tu edificio tiene o está a punto de cumplir 50 años, puedes presentar un IEE completo en lugar del acta de ITE y cumplir con las dos obligaciones a la vez. Te decimos qué te conviene según la fecha de tu edificio.
Además, desde junio de 2022 los edificios obligados a pasar la ITE tienen que tener su certificado energético registrado. Lo hacemos también, en la misma visita: certificado energético en Madrid.
Para darte un presupuesto cerrado solo necesitamos la dirección, el número de viviendas y si hay locales o garaje.
El técnico revisa el edificio y toma nota y fotos de todo lo que encuentra.
Redactamos el acta, favorable si el edificio está bien o desfavorable si hay deficiencias que corregir, y la presentamos en el Ayuntamiento.
Si el resultado es desfavorable, la comunidad debe hacer las obras que indica el acta en el plazo que fije el Ayuntamiento. Te orientamos sobre las prioridades y las ayudas.
Cuando terminan las obras, comprobamos que las deficiencias están corregidas y lo acreditamos ante el Ayuntamiento.
Depende del tamaño del edificio, del número de viviendas y locales y de cómo esté. Te damos un presupuesto cerrado y sin compromiso antes de empezar, sin sorpresas después.
El Ayuntamiento publica cada año el listado de edificios obligados, y también puedes consultar tu dirección en www.madrid.es/ite. Si lo prefieres, mándanos la dirección y lo comprobamos nosotros.
El Ayuntamiento puede requerir a la comunidad que la presente, abrir un procedimiento sancionador e incluso encargar la inspección a costa de los propietarios. Además, sin ITE en regla es más difícil acceder a ayudas a la rehabilitación.
La comunidad tiene que hacer las obras que señala el acta en el plazo que marque el Ayuntamiento. Cuando están hechas, el técnico lo comprueba y emite el certificado de subsanación. Te ayudamos a ordenar las obras por urgencia.
Sí, si el edificio está obligado a la ITE: desde junio de 2022 tiene que tener el certificado energético registrado. Podemos hacer los dos en la misma visita.
Trabajamos en toda la Comunidad de Madrid. Elige tu municipio para ver su ordenanza, sus listados y sus plazos:
AJ Arquitectura Energética: Expertos en certificados, ITE y licencias desde 2010. Calidad técnica y rapidez al mejor precio de mercado en toda España.
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